Las Directivas de la Unión Europea han fijado un conjunto de requisitos que deben ser satisfechos por los productos a los que se aplican. El cumplimiento de estos requisitos obligatorios autoriza al fabricante a colocar la marca CE sobre sus productos. Las máquinas comercializadas a partir de enero de 1995, en particular, han de cumplir con lo dispuesto en el R,D. 1435/1972 para poder exhibir dicha marca. En cambio, las máquinas anteriores a esta fecha han de ser adaptadas por el propietario de la misma, siguiendo las directrices del R.D. 1215/1997. En todos los casos no sólo hay que adecuar el producto a lo dispuesto, sino que hay que confeccionar un expediente técnico que justifique el cumplimiento de requisitos mencionados.
Los expertos de JCC, con amplia experiencia en estas normativas le guiarán en el diseño de sus productos - de modo que se adapten a lo dispuesto - y se encargarán tanto de la realización de los expedientes técnicos necesarios como de su tramitación.